CASO BOGADO: “QUE PAREZCA UN ACCIDENTE…”

 

El Tribunal Oral nº 2 de Morón condenó hoy al policía bonaerense José Luis Díaz, de 31 años, por el homicidio de Cristian Marcelo Bogado, de 20, hecho ocurrido el 26 de mayo de 2004 en Villa Teseo. Para los jueces Susana Beatriz Ragonese, Osvaldo Fabián Cedarri y Aníbal Víctor Termite, el disparo que entró por la nuca de Marcelo se produjo “sin intención”, cuando el muchacho estaba tendido boca abajo en el piso y el policía, arma en mano, estaba parado a su lado. Por eso lo condenaron a sólo 3 años de prisión por homicidio culposo, que además de ser en suspenso, consideraron purgados con el tiempo que Díaz lleva “detenido” en su casa, ya que cumplió la prisión preventiva en su domicilio.

 

El veredicto produjo la unánime repulsa de familiares y militantes de CORREPI y otras organizaciones que se movilizaron a la puerta de los tribunales de Morón, y no pudieron acercarse más que a la reja del edificio merced a un operativo policial de enorme magnitud. Tanto la querella, como el fiscal Bernardo Kiper, habían acusado por homicidio doblemente agravado, por ser cometido por un miembro de las fuerzas de seguridad del estado y con un arma de fuego, y habían coincidido en pedir la pena de prisión perpetua.

 

Recordemos que el policía, en su declaración, dijo que Marcelo, que “era muy agresivo porque tenía el pelo largo (…) estando boca abajo en el suelo hizo un movimiento para atrás con la cabeza, con la nuca me golpeó la mano, y ahí se disparó el arma”.

 

Sin embargo el perito balístico explicó que el arma –una pistola Astra 9 mm- tiene un sistema de seguros que impide que se dispare accidentalmente y que “aunque la use de martillo, si no aprieto el gatillo no sale el tiro”. A pesar de este testimonio, el de la testigo presencial que vio el hecho desde la ventana del primer piso de su casa y el del médico que hizo la autopsia, que aseguró que la bala tuvo que impactar el cráneo cuando la víctima estaba boca abajo con la cabeza inclinada, los jueces concluyeron que, como sostuvo la defensa, no hubo intención de matar, sino que fue un accidente…

 

Las abogadas de CORREPI que patrocinan a Nicanor y Zunilda Bogado no mostraron sorpresa por el peculiar fallo. “Aunque no conocemos los fundamentos, dijo Silvia Góngora, sabemos bien cómo razonaron los jueces: Díaz no es, como Von Wernich, un desacreditado represor del pasado al que los mismos que lo usaron ayer pueden condenar hoy, llenándose la boca con conceptos como el crimen de lesa humanidad o genocidio. Díaz no es el pasado, es parte del aparato represivo de hoy, el que nos mata un pibe día por medio con el gatillo fácil y la tortura, para garantizar la profundización de las políticas de hambre y explotación”.

 

Por su parte, María del Carmen Verdú afirmó “El fallo es bien claro: si no podemos garantizar la impunidad del asesino, que parezca un accidente, y no se note que es aplicación sistemática de una política de estado”. Y recordó que, en la misma línea, la Corte Suprema sobreseyó hace poco al comisario René Jesús Derecho por la aplicación de tormentos a un preso, argumentando que “al haber ocurrido en democracia, la tortura no es un delito de lesa humanidad”, según dijeron los ministros.

 

“Esta es la única cara del aparato judicial argentino y de este gobierno que dice ser 'de los DDHH': garantía de impunidad para los represores al servicio de la burguesía", gritó Nicanor Bogado al salir de la lectura del fallo. "Díaz no es un resabio de la dictadura, es un policía modelo Arslanián, modelo Solá, Fernández y Kirchner. Ellos lo reclutaron, formaron y educaron. A través de Díaz, ellos mataron a Marcelo, y a través de sus jueces, mandaron el asesino a su casa. Pero nosotros vamos a seguir en la calle, en la lucha contra la represión, denunciando al estado asesino, a sus policías, sus jueces y sus políticos".


 

CORREPI
Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional
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