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Poder Judicial de la Nación |
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///nos Aires, 13 de julio de 2000.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa N 14.467,caratulada “Olmos ,Alejandro S/dcia”- Expte N 7.723/98 - , que se tramita por ante este Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N 2 de la Capital Federal, a mi cargo, del registro de la Secretaría N4. Y CONSIDERANDO: I) DENUNCIAS A)Relacionadas con el endeudamiento externo en general 1) Que el 4 de abril de 1982 el ciudadano Alejandro OLMOS formuló una denuncia contra José Alfredo Antonio MARTINEZ DE HOZ por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N 4 de la Capital Federal; por los delitos previstos en los art 173, inc 7 y 248 del Código Penal; fundando la misma en el hecho de que el plan económico concebido y ejecutado por el Ministro de Economía de la Nación en el período 1976/1981, se realizó con miras a producir un incalificable endeudamiento externo; que el ingreso de divisas fue con el objeto de negociar con las tasas de interés, produciendo quiebras y cierres de empresas y dificultades en la capacidad exportadora y de producción; y crecimiento del país 2) Que a fs 1201/02, con fecha 13-10-83, Alejandro OLMOS, amplió sus dichos y refirió que el trámite de la refinanciación de la Deuda Externa Argentina (DEA) motivo una denuncia en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N 3 de la Capital Federal. En dichas actuaciones el Vicepresidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA) manifestó que la prórroga de jurisdicción estuvo estipulada originariamente al contraerse la deuda. Ello estaba sustentado en el art 10 del Código de Procedimientos Civil y Comercial. El denunciante expresó que la conexión con el desarrollo de la DEA en el período 1976/81 consistía en que antes de abril de 1976 el citado Código prohibía la admisión de la prórroga de jurisdicción , circunstancia que se modificó con la sanción de la ley N21.305 al comienzo del plan económico de Martinez de Hoz, estableciéndose sólo la restricción a la prórroga anterior a los hechos del endeudamiento, que con la sanción de la ley N 22.434, unos días antes del cambio de gobierno se eliminó toda restricción en relación a la prórroga de jurisdicción; que la DEA se conformó durante la vigencia de la reforma y que todo ello hace presumir la intencionalidad; siendo aplicable la figura penal a aplicar es la del art 227 del Código Penal, señalando como responsable a Jorge Rafael VIDELA y a los integrantes de la ex-Comisión de Asesoramiento Legislativo (CAL ) 3) Que a fs 15/17 obra la denuncia de “Jorge Eduardo SOLA contra José Alfredo Antonio MARTINEZ DE HOZ, Adolfo DIZ y otros”, registrada en la Secretaría nro 6,(actualmente N 4), bajo el N 14.423, por el delito previsto en el art 173, inc 7 del Código Penal. También en este caso el hecho denunciado fue el endeudamiento externo de la Nación, que va más allá de la capacidad de pago internacional del país, pues el balance de pago no permite una proyección que hiciera admisible una deuda externa de U$S36.579 millones; ampliada a fs 67/81 en relación al endeudamiento externo, y al destino dado a U$S10.000 millones ya que se habrían fraguado pagos de intereses de la deuda externa Argentina (DEA). Que por las reglas de la conexidad la denuncia de Alejandro OLMOS tramitada en el Juzgado Federal N 4 se acumuló a la de este Tribunal. 4) Que a fs 248/251 José A. DEHEZA presentó un escrito con el objeto de proporcionar información que sirva a los expertos encargados de su estudio, acompañó a tal efecto, un ejemplar de su libro “La deuda externa: un fraude a la Nación”, en donde expone el origen y aplicación de los recursos externos provenientes de la DEA durante el período comprendido entre el 31 de diciembre de 1975 y el 31 de diciembre de 1981, expresando que hay un monto de U$S5448 millones que no se contabilizó en el balance de pagos(BP), pero sí en el registro de la DEA en la que el incremento del endeudamiento del período fue de U$S27586 millones; que según el BP un total de U$S22097 millones, salen o egresan en concepto de: a) salida de capitales de corto plazo, U$S11301 millones; b)utilidades dividendos e intereses, U$S7504 millones; c) egresos del sistema bancario, U$S395 millones; d) remesas clandestinas U$S580 millones; e)para cubrir el saldo en déficit de servicios reales (turismo ,regalías etc), U$S1629 millones, que de este modo quedaron U$S 687 millones que se incorporaron a las reservas internacionales. Con lo que de los citados U$S 22097 millones de endeudamiento del gobierno y las empresas, concluye que U$S 18805,3millones (o sea el 85%) sirvieron para transferir al exterior ganancias especulativas y los intereses de la deuda que se contraía para hacer posible esas remesas de divisas. Asimismo agregó que en el movimiento de capitales de corto plazo no se pudo individualizar la salida de U$S9811,9 millones según fuera reconocido por el propio BCRA , y que el mayor endeudamiento no se uso para el desarrollo, sino para la fuga de capitales. 5) Que a fs. 1866/75, se acumularon las actuaciones provenientes del Juzgado Federal N 6 de la Capital Federal originadas a raíz de una denuncia de José A. Deheza; donde manifestó que la DEA es un fraude al país con la sanción de la ley N21.305, del 30-4-76 , y el resultado de una política intrínsecamente perversa, que la información que aporta es sobre la base de las memorias del BCRA; que los responsables son Jorge Rafael VIDELA, José Alfredo MARTINEZ DE HOZ y Adolfo DIZ, manifestando que se persistió en la política que llevó a la destrucción del aparato productivo y al endeudamiento externo sin posibilidad de repago. . 6) Que a fs 391/409 y fs 420/429, Josë Manuel MARINO, denunció en relación a la DEA y a la repatriación de capitales, que estos últimos salieron irregularmente, para ello acompañó un libro de su autoría conjuntamente con otra documentación.
7) Que a fs 1058/79, Walter Manuel BEVERAGGI ALLENDE -adjuntando su libro “El vaciamiento económico de la Argentina orquestado por Martínez de Hoz” - denunció la comisión del delito de subversión económica a los ex-Ministros de Economía de la Nación de los períodos 1976/1983: José Alfredo Antonio MARTINEZ DE HOZ, Lorenzo SIGAUT, Roberto Teodoro ALEMANN y Jorge WHEBE como así también a los Directores del BCRA, por el abultamiento exagerado y desmesurado de la DEA, las altas tasas de interés interno mantenidas y adulteración del índice oficial de precios, todo ello con la concurrencia dolosa entre banqueros extranjeros y funcionarios, pidiendo medidas periciales y cautelares. A fs 1190/97 amplía y ratifica la denuncia contra el ex- Ministro de Obras y Servicios Públicos Conrado BAUER y sus antecesores en el período señalado; a fs 1516/30 vuelve a ampliar la denuncia -ratificada a fs 1532-, acompañando diario de sesiones del Honorable Congreso de la Nación y fotocopia de la sección “Síntesis de la Semana” del suplemento económico del diario “Clarín” del 11-3-84, donde se hace referencia a José Alfredo MARTINEZ DE HOZ como integrante del Comité de Asesoramiento Internacional bajo la Presidencia de David ROCKFELLER, que funcionaría al servicio del Chase Manhattan Bank, acompañando a fs 1966/67 información que según el denunciante demostraría que la subversión económica y la represión en el más alto nivel fue manejada por la misma mano. 8) Que a fs 1996/2147, se acumuló una denuncia por la comisión del delito de subversión económica que fuera efectuada también por Walter Manuel BEVERAGGI ALLENDE, contra los ex-Ministros de Economía de la Nación en el período 24-3-76 al 9-12-83, por los hechos de abultamiento escandaloso de la DEA, altas tasas de interés promovidas desde el BCRA; denuncia que se radicó en el Juzgado Federal de Río Gallegos.
9) Que a fs 2295/2323, se acumularon las actuaciones provenientes del Juzgado Federal N 1 de la Capital Federal, iniciada por CarlosAlberto Hours contra José Alfredo MARTINEZ DE HOZ, Roberto ALEMANN, Jorge WHEBE, Lorenzo SIGAUT y otros, donde se dijo que lo realizado fue bajo el pretexto ideológico de la Escuela de Chicago de Milton FRIEDMAN. Solicitó que se investigue la DEA, que se someta a consideración de la Comisión Investigadora de Ilícitos Económicos del Honorable Senado de la Nación y de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas (FNIA).- 10) Que a fs 2406/2411, proveniente del Juzgado federal N3 de la Capital Federal, se acumularon actuaciones originadas en una denuncia efectuada por José STILMAN contra los funcionarios del BCRA y del Ministerio de Economía de la Nación que se hallaban a cargo de la recepción y administración del dinero de los préstamos otorgados por entidades financiera del exterior y cuyas funciones fenecieron el 10-12-83. B) Originadas en el endeudamiento externo de Y.P.F. S.E. 1) Guillermo Patricio KELLY denunció por ante el Juzgado Federal N 3 de la Capital Federal, fs 2488, a Carlos Guillermo SUAREZ MASON - Presidente de YPF - por el supuesto vaciamiento de YPF en beneficio del Grupo BRIDAS S.A., el denunciante informó que en puestos claves de YPF había ejecutivos de las firmas extranjeras ESSO y SHELL, y que ésta última se beneficiaba a través de la política instrumentada por YPF y de su mecanismo de precio y de condiciones contractuales sobre los contratos de YPF con SHELL y BRIDAS. 2) se acumularon tres nuevas denuncias: a) La efectuada (fs 2635/41) por el Dr Carlos Saul MENEM, proveniente de Juzgado Federal N 4 por administración fraudulenta contra quienes en perjuicio de YPF impulsaron a la empresa a endeudarse en dólares recibiendo pesos por parte del BCRA y posteriormente se le negó el seguro de cambio. b) Una ampliación de la denuncia que formulara Guillermo P. KELLY donde expresó que MARTINEZ DE HOZ provocó el vaciamiento de YPF, pues MASERA lo sostenía como ministro y la logia “PROPAGANDA DUE”, operaba vinculada al poder político. c) La efectuada por Osvaldo DESTEFANI, (fs 2808/93), proveniente del Juzgado Federal N 1 de la Capital Federal , en relación a la renegociación por parte de YPF de contratos con compañías petroleras, entre ellas PEREZ COMPANC SA.
3)Que a fs 2942 se dispuso formar causa por separado en lo referente a la investigación de la política tarifaria y de retenciones aplicada en YPF. 4) Que a fs 3746 el titular del Juzgado Federal N 3, resolvió acumular las causas dado el grado de avance de las investigaciones hacía evidente la íntima conexión que de los hechos investigados en ambas causas, lo resultaba aconsejable teniendo en cuenta las hipótesis fácticas y jurídicas planteadas en las mismas; por último a fs 4526/27, habiendo la Excelentísima Cámara del fuero resuelto la nulidad del auto cautelar contra J. A. MARTINEZ DE HOZ-en la causa que tramitaba en el Juzgado Federal N3- dispuso que se apliquen las reglas de la conexidad, pues las pruebas y descargos, centrados en el endeudamiento de YPF, se refieren de una manera inescindible a la política global de la deuda externa, acumulándose de esta forma, a partir de la fs 4538, la causa N 9561 a la presente causa 14.467.-
C)Avales caídos otorgados por el Tesoro Nacional 1) A fs 5101 se acumula a la presente investigación la causa N 14.586 que se originara a raíz del informe de fs 5101/5110 suscripto por los peritos Sabatino Forino y Alberto Tandurella como consecuencia de sus tareas relacionadas con el endeudamiento externo en general. El contenido del aludido informe se refirió a los avales caídos otorgados por le Tesoro Nacional, determinando : a)Que con fondos del Tesoro Nacional se cancelaron obligaciones externas de varias empresas privadas en distintas monedas.- b)Que ni el Banco de la Nación Argentina, ni el Banco Nacional de Desarrollo, como entidades financieras que tomaron a su cargo los aspectos operativos, iniciaron actuaciones para el recupero de las sumas pagadas por el Estado , ni se acogieron al beneficio de la excusión.- c) Que el Ministerio de Economía autorizó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a iniciar acciones judiciales, no haciendo uso esta última de tal autorización.-
d) Que existían avales otorgados en contratos en los que se debían establecer garantías reales sin haberse efectuado los correspondientes estudios técnicos y financieros y sin haberse extremado los debidos recaudos antes del otorgamiento del aval.- e) Que se deberá deslindar responsabilidades posteriores al incumplimiento, por no haberse intentado recuperar las sumas pagadas por los avales caídos y no prever los riesgos de incobrabilidad.- f) Las empresas a las que se le habría otorgado dicho beneficio -avales - serían entre otras: Acindar S.A. ,Autopistas Urbanas S.A., Covimet S.A., Parques Interama S.A., Aluar S.A., Papel Prensa S.A., Induclor SA.
Por todo lo expuesto en el presente capítulo el objeto procesal de la causa quedó circunscripto a: - El proceso de endeudamiento externo y el manejo de las reservas internacionales de la Nación en general. - El proceso de endeudamiento externo de las Empresas del Estado en general y de YPF S.E. en particular. - La investigación de los avales caídos otorgados a empresas privadas con endeudamiento externo por el Tesoro Nacional y pagados por éste al vencimiento de los mismos.
II) TRAMITE DE LA CAUSA A) En relación con el endeudamiento externo en general
1. se requirió al Banco Central de la República Argentina que informe sobre los siguientes puntos:
a) Monto total de la DEA a la fecha de asunción y cese de funciones del ex Ministro de Economía Jose Alfredo Martinez de Hoz, debiendo distinguirse la DEA pública de la privada, y de esta última la eventual responsabilidad asumida por el Estado Nacional; b) Composición detallada de la DEA pública a las fechas mencionadas y las razones de acrecentamiento durante el transcurso de dicho periodo, precisando los servicios de amortización y pago de intereses correspondientes, los nuevos compromisos contraídos y el efectivo destino acordado a los fondos en cuestión c) Participación de terceros en la obtención de nuevos créditos o refinanciaciones a títulos de gestores, montos de las comisiones reconocidas por tal concepto, y a cargo de quien se estipuló su pago.
2. A fojas 82 se requirió a la totalidad de las empresas públicas del Estado Nacional y atento a lo informado por el BCRA a fs. 33/41, que informen sobre: a) Monto de la DEA a marzo de 1976, y a marzo de 1981 b) Composición y evolución de la DEA en el transcurso de esas fechas, precisando servicios de amortización e intereses, nuevos compromisos contraídos, destino efectivo acordado a los fondos, utilización y/o eventuales compromisos contraídos pendientes de cumplimiento. c) Organismos internacionales crediticios que en cada caso hubiesen intervenido en las negociaciones, otorgamientos y/o refinanciación de créditos, indicándose pago de comisiones que por todo concepto se hubieran reconocido d) Modalidades operativas a que se sujetaron los créditos refinanciados en cuanto a su instrumentación, tal que permitan un análisis técnico de cada operación, conforme a los estados y registros contables, debiendo individualizarse la documentación que halla servido de respaldo a la información que se proporciona. e) Participación de terceros -personas físicas o jurídicas- a título de gestores o intermediarios en la obtención de nuevos créditos o refinanciación de los existentes, montos de comisiones reconocidas por tal concepto y a cargo de quien se estipuló su pago.
f) Nombre y domicilio de los funcionarios y autoridad de las empresas que tuvieron a su cargo la negociación que se menciona precedentemente. Asimismo se requirió al BCRA que informe el monto, evolución y composición de las reservas internacionales existentes entre marzo de 1976 y marzo de 1981, brindando al respecto un cuadro comparativo que posibilite al mejor ilustración del Tribunal.
3. el BCRA a fojas 33/41, fs. 60/63, fs. 106/111 y fs. 113/116, informo a través de diversos anexos que: a) La deuda por capital al 31 de marzo de 1976; la deuda por capital al 31 de marzo de 1981; la DEA del sector público, los intereses a pagar por trimestres y resumen por concepto de la DEA (Anexos I a VI). b) Se informó, mediante sendos cuadros, el stock de deudas privadas y públicas -mes a mes- por capital desde enero de 1976 a marzo de 1981, también detalles de compromisos externos de administración central con saldos desde 1975 a 1981 (fs. 106/110). Asimismo,por cuadros, las reservas internacionales del Banco Central mes a mes y según los diversos conceptos que componían las reservas (Oro, divisas, derechos especiales de giro, colocaciones en el exterior, etc.) También de marzo de 1976 a marzo de 1981 (fs. 113/6). c) Se informó que ningún tercero participó con el BCRA en la obtención o formalización de prestamos o refinanciaciones a título de gestores por lo que consiguientemente no ha mediado la existencia de comisiones. (fs. 41)
La información remitida por el BCRA fue solamente indicativa y de relativa utilidad y no presentaba la rigurosidad que requería la investigación llevada a cabo, pues tal como surge de lo informado por el mismo BCRA a fs. 35 -Anexo III de notas metodológicas- en su último párrafo expresa “Los estados de la deuda externa total surgen del conjunto de información provistos por los deudores con finalidad estrictamente estadística por lo que no constituyen registros de carácter contable; frustrando así, en algún modo, el propósito guiado en la implementación de la encuesta, dirigido a contar con elementos de juicio para realizar una verdadera estadística y análisis macroeconómico de la situación.
4. Tal como se detalló, el Tribunal recabó de modo constante la información necesaria a los organismos y reparticiones públicas pertinentes pero la información obtenida, no aparecía con la precisión requerida y atento a la alta especialidad de la materia sometida a conocimiento se resolvió solicitar al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, a la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires y a la Academia Nacional de Ciencias Económicas, miembros de reconocida solvencia intelectual a fin de colaborar en los estudios que demandaban la información producida por el BCRA, los que aquellos pudieran también sugerir y/o las medidas de prueba que se relacionaran con los estados y registros contables de los diversos organismos y reparticiones de la administración pública nacional, provincial o municipal que resulten necesario consultar con el objeto de facilitar el mejor entendimiento de tan compleja situación, para la adopción de los recaudos que contribuyan al correcto encuadre de los hechos denunciados. Propuestos los peritos, se los designó en un número de treinta según detalle obrante a fs. 128, formándose así un cuerpo de expertos de la materia de alto nivel académico que por su importancia no registró hasta ese momento antecedente en la historia judicial argentina. Atento a la magnitud de la tarea, la primera cuestión fue limitar los puntos técnicos sobre los cuales debían pronunciarse los expertos, dada la gravedad, importancia política e histórica de la materia sometida a la consideración jurídica del Tribunal. El citado cuerpo debía actuar en coordinación y bajo la supervisión del Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia Nacional.
Abrumadora fue la tarea y las dificultades de orden práctico para conformar la organización y funcionamiento del cuerpo de todos los convocados, se compatibilizaron las diferencias interpretativas, se armonizaron los diversos criterios, se precisaron las facultades, se recordó el sentido de la investigación y el alcance jurídico penal y se orientó bajo este aspecto a los mismos para poner en funcionamiento los canales de información. Es así que merced al estimable aporte de los expertos intervinientes el Tribunal logró reunir una importante cantidad de elementos que sirvieron para una mejor ilustración sobre la materia; también cabe señalar aquellos que con su personal intervención recomendaron y diseñaron un proyecto para el relevamiento de la DEA a fin de establecer concretamente “cuanto se debe”,“a quien se debe” y “porque se debe” , además de establecer la identidad de las personas físicas o ideales que en el país o en el exterior estuvieran comprometidas con las operaciones en términos jurídicos y/o financieros.
5. En razón de las diferencias que en su mayoría arrojaban los informes suministrados por las reparticiones públicas y las ofrecidas por el BCRA, resultó necesario conocer y obtener: a) Un detalle mensual de los ingresos de fondos correspondientes a operaciones de créditos formalizadas durante el período de referencia por entidades u organismos públicos y/o empresas privadas, cuya autorización se haya solicitado a la autoridad de control o dado noticia a las mismas, detallándose en cada caso los montos imputables a deuda comercial (bienes de capital, pago de servicios, inversiones en general, etc), y aquellos que puedan corresponder a su financiación ( intereses, cargos,etc.) b) Para cada una de las operaciones de endeudamiento externo precisar modalidades, condiciones, instituciones intervinientes, comisiones reconocidas, gastos administrativos ocasionados, plazos, cláusulas de reajustes, garantías otorgadas y el destino al cual fueron aplicados los fondos en cuestión, o el equivalente en moneda nacional al tipo de cambio a las fechas respectivas.-
c)El monto de avales otorgados por el Tesoro Nacional, entidades crediticias oficiales, organismos públicos - nacionales, provinciales y municipales -, reparticiones y empresas públicas y privadas, que resultaron beneficiados, y las razones que se tuvieron en cuenta para su otorgamiento, detalle de la responsabilidad patrimonial que haya debido asumir el Estado durante el período indicado , ante el eventual incumplimiento de los obligados principales.- d) Por ser de alto interés ilustrativo, relevamiento y obtención de un cuadro general que refleje mensualmente, el origen y aplicación de las divisas, que detalle el flujo de fondos conforme al tipo de operación y las reparticiones, empresas u organismos, sean estas entidades de créditos o no -nacionales o extranjeras.- e) Una desagregación mensual de las colocaciones financieras, efectuadas con las reservas del país, que indique monto y tipo de operación, plazos e intereses pactados, garantías e instituciones intervinientes, si tales reservas fueron colocadas en sucursales o representaciones de la banca oficial en el exterior y, en dicho caso, el destino acordado a los fondos de acuerdo a las especificaciones ya indicadas.- Los peritos en forma individual o conjunta fueron presentando diversos informes sobre la labor encomendada - más adelante se analizarán- desembrozando, limitando y clarificando la investigación, pero por diversas cuestiones en su mayoría relacionadas con los distintos enfoques metológicos, de coordinación y técnicos-profesionales, que distintos grupos de peritos entendían debían dar a las investigaciones y estudios encomendados, paulatina y progresivamente fueron presentando sus renuncias que fueron aceptadas, quedando finalmente, además de los peritos oficiales, tres peritos ad-hoc,los Dres Alberto Tandurella, William Leslie Chapman y José Luis Gomariz.- 6.-También se requirió el aporte investigativo de organismos especializados de la Policía Federal Argentina (fs 276- División Investigaciones Preventivas ), en relación a la DEA del sector privado y en el marco del expte. “Diligencia Judicial deuda externa”,con respecto a actuaciones referidas a las siguientes empresas: Compañía General de Combustibles S.A., Petropa S.A.,Pluspetrol S.A., Cospesa S.A.,Tecniagua S.A., Petrolar S.A.,P.T.W. Trading S.A.,Banco de Crédito Argentino S.A.,Banco de Italia y del Río de la Plata, Banco Francés y del Río de la Plata.-
7.-En una primera etapa, la labor de los peritos, se vió dificultada por impedimentos u obstáculos efectuados por parte de algunos organismos (entre ellos el BCRA y el Bco de la Nación Argentina), ante el requerimiento de información y de exhibición de documentación, pudiendo señalar dos cuestiones a) No exhibición de actas: - A fs 493/517 obran actuaciones iniciadas por el Sr Decano del Cuerpo de Peritos Contadores de la Justicia Nacional en relación a la negativa a la exhibición de actas por parte del BCRA a los peritos Sabatino Forino y Alberto Tandurella, referidas a las reuniones del citado banco en el período 31-3-76 al 31-12-82, fundada en el deber de mantener la reserva y confidencialidad del secreto bancario y que aquellas actas que no se refieran al endeudamiento externo.- A fs 513/17, el Tribunal resolvió que no podía invocarse la confidencialidad ni el secreto bancario, pues se hallaba comprometido el orden público del Estado por lo que debían exhibirse las actas a los peritos. A fs. 531/35 y 540/43, surge identico problema pero en el Banco de la Nación Argentina, y se dispuso proceder de igual forma que con el BCRA. b) Cuestión de las actas secretas:
A fs. 524/30 los peritos Forino y Tandurella, informaron sobre la existencia de actas secretas del Banco Central de la República Argentina , conforme resolución n 8 del Directorio del citado Banco , sobre el tratamiento especial que debe dar el Directorio a los Asuntos no públicos; dichas actas secretas en número de once son entregadas al tribunal por el Presidente del B:C:RA; el Tribunal solicitó al banco todos los antecedentes del dictado de la aludida resolución n 8 a de l982, la misma establecía que para el supuesto de que algún Magistrado judicial o la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas u otro organismo similar solicitara copia de resoluciones de carácter secreto se deberá analizar en cada caso acerca de la procedencia de acceder o no a tal procedimiento , a cuyo efecto previo dictamen de asesoría legal se someterá el tema a consideración del Directorio del banco el que resolverá en forma definitiva. A fs. 594/96, el Tribunal resolvió que la resolución n 8 dictada por el Directorio del BCRA era contraria al orden jurídico pues desconocía el orden jurisdiccional y a fs. 933 se dispone la devolución de las actas secretas al Banco Central de la República Argentina, previa extracción de fotocopias. A fs. 1036/43, el BCRA emite el comunicado n 3357 ,en relación a la forma en que este último maneja los datos de la deuda externa exteriorizandose que la misma se hace en forma estadística y no como registros contables; a fs. 1126 se dispone informar al Presidente del Banco que el relevamiento de la DEA privada de utilidad para los peritos es de resorte de las autoridades del Banco Central, y se dispone asimismo que el proyecto de los perítos Argentato, Mazzulla y otros sobre el relevamiento de la DEA pública y la forma de implementarlo, lo traten los peritos con el BCRA.- En síntesis, en lo referente al endeudamiento externo global de la Nación, el Tribunal logró encaminar la pesquisa en su formulación técnica y orientada en lo que a sus objetivos se refiere, requiriendo los informes y documentación necesaria a los distintos organismos del Estado, conformando un cuerpo de peritos especializados a efectos de analizar aquello y producir los informes y conclusiones, además de implementar un relevamiento de la deuda externa pública y privada.- B) Vinculadas al endeudamiento externo de Y.P.F. S.E.: 1.- De la certificación de la causa nro 9561/83 del registro de la Secretaría nro. 7 del Juzgado Federal nro. 4 surgen causas en la que se investiga: - Supuesto vaciamiento de Y.P.F. en favor de Bridas S.A. - Pérdida del capital de Y.P.F., mediante el retraso en el precio de venta de los productos, y disminución de las retenciones a favor de Y.P.F. Ilícitos con los contratos para la exploración y explotación de diversas áreas petroleras a cargo de Y.P.F..
- Otorgamiento de puestos claves de Y.P.F. a ex ejecutivos de la empresa SHELL.- - Créditos otorgados por el Banco Nacional de Desarrollo a diversos contratistas que son utilizados para la especulación.- - Indemnizaciones otorgadas a las Empresas SHELL y ESSO.- - Endeudamiento externo de Y.P.F. - Funcionarios de Y.P.F relacionados con intereses extranjeros.- - Irregularidades en la remodelación de las refinerías La Plata y Luján de Cuyo.- - Supuesta participación del ex Ministro Nicanor Costa Mendez.- - Funcionarios implicados en el supuesto manipuleo de la opinión pública creando psicosis de escases y carestía.- - Detención concertada de nuevas inversiones.- - Explotación clandestina de petróleo.-
C) En relación a los avales caídos otorgados por el Tesoro Nacional. a) A fs. 5101/5111 los peritos ad hoc Sabatino Forino y Alberto Tandurella presentaron un anticipo de informes en relación a los avales otorgados a empresas del sector privado por el Tesoro Nacional a través de la Banca Oficial. De dicho informe, acompañado de 21 anexos, resulta: 1) Existencia de avales otorgados a empresas privadas en el período 1976/1982 (excluidos los otorgados a las provincias y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires) por un monto no menor a dólares un mil cuatrocientos cinco millones, seiscientos mil (u$s 1.405.600.000), y otros avales otorgados en otras siete monedas.-
2) Que no se efectuaron las gestiones o acciones que hubieran correspondido para obtener el recupero de sumas pagadas por el Estado Nacional, ni se opuso el beneficio de excusión.- 3) Que no se determinó que se hubieran agotado los estudios técnicos, económicos y financieros, ni se extremaron los recaudos necesarios, antes de conceder los avales.- 4) Las empresas ACINDAR, AUSA (AUTOPISTAS URBANAS S.A.), COVIMET S.A. y PARQUES INTERAMAS S.A. obtuvieron avales en condiciones que justifican su inclusión en el punto 3 anterior, por intermedio del Banco Ciudad de Buenos Aires.- 5) Como consecuencia del endeudamiento excesivo de ACINDAR, ALUAR S.A., AUTOPISTAS URBANAS SA(AUSA), COVIMET S.A, INDUCLOR S.A., PAPEL PRENSA S.A. Y PARQUES INTERAMA S.A. en el que se computó el monto de los avales otorgados, el BCRA debió conceder un tratamiento de excepción al BANADE S.A. y al BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES, que les permitió exceder con relación a las empresas la relación créditos-responsabilidad patrimonial.- 6) El presidente del BCRA (o vicepresidente en ejercicio de la presidencia) autoriza los tratamientos citados por aplicación del artículo 11 de la Carta Orgánica del BCRA - razones de urgencia- sin que se conocieran los motivos para que el Directorio no los tratara.-
b) A fs. 5125/26 Jorge Olguín, Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, informó que se habían iniciado acciones judiciales sólo respecto de tres empresas: -COMPAÑIA INDUSTRIAL Y GANADERA PENTA S.A./QUIEBRA; -MATADEROS Y FRIGORÍFICO ANTÁRTICO S.A, y - PEDRO HNOS.,
b) Atento a lo dictaminado por la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas a fs. 5204/206 y por el Ministerio Público Fiscal a fs. 5208, se libró oficio al Ministerio de Economía para que informe la nómina de avales otorgados por el Tesoro Nacional a través de la Secretaría de Hacienda entre el 3l de marzo de l976 y el 1 de agosto de l983, a empresas del sector privado por intermedio de la banca oficial (B.N.A., BANADE y BANCO CIUDAD). En virtud de lo expuesto surgió la necesidad de establecer 0 a) la responsabilidad de los funcionarios del Ministerio de Economía, de sus Secretarías de Estado, del B.C.R.A. y de las Empresas del Estado en relación a las operaciones generadoras del endeudamiento externo en el período en estudio que hubieran incurrido en infracción a las normas legales y reglamentarias. b) si de los elementos de juicio agregados al expediente, así como de los actos en cuestión podría concluirse que en el trámite del endeudamiento externo pudiese considerarse que hubo grave negligencia en su gestión, teniendo en cuenta el cuidado que debían poner en el manejo de los intereses del Estado. c) la formación de una opinión sintética, dado lo complejo de la investigación acerca del curso que ha tenido el endeudamiento externo del país en el período en estudio y sus efectos sobre la situación económica actual.
III) DECLARACIONES Durante el trámite de las actuaciones, tanto en la sede del Juzgado Federal Nro. 6, como del Tribunal a mi cargo, se recibieron las declaraciones que a continuación se detallan: a) Testimoniales - JUAN BUSTOS FERNANDEZ , Presidente de Y.P.F. S.E., (fs. 2216/17, 2632 y 3169). - AGUSTIN FRANCISCO NUÑEZ, Director de Y.P.F. S.E. (fs. 2222/23 y 3084).- - MARIO LUIS PIÑEIRO, Presidente de Y.P.F.S.E. (fs. 2248/49) - CARLOS MARIA BENAGLIA , Presidente de Y.P.F.S.E.
( fs. 2256/61 y 3068.). -JORGE FERNANDO SCORCERIA, Gerente de Finanzas de Y.P.F.S.E. (Fs. 2275/82).- - JOSEFINA MONICA D’IMPERIO, Director de Y.P.F.S.E. (Fs 2283/85) - PEDRO BISIENS, Administrador Gral de Agua y Energía (fs. 2357/58) - LEOPOLDO BLANCO, Presidente de Agua y Energía (fs. 2361/63) RAUL ARNOLDO SANCHES, Presidente de Aguan y Energía (fs. 2366/81) - HECTOR ARTURO PEREZ, Presidente de Agua y Energía (fs. 2383/84) - HECTOR NORBERTO GIORGETTI, Gerente de Finanzas de Agua y Energía (fs. 2388/89) - ALDO MANUEL ALVAREZ, Gerente de Contabilidad de Agua y Energía (fs. 2429/33) - LEOPOLDO PORTNOY, Vicepresidente del B.C.R.A. (Fs. 4616) - ADOLFO FRANCISCO SILENZI DE STAGNI, Presidente del Centro de Estudios General Mosconi (fs. 2509/11 y 3244) - - EGIDIO IANELLA, Presidente del BANADE (fs. 2599) - ALIETO ALDO GUADAGNI, Secretario de Energía (fs. 2644 - JULIO ALBERTO VARELA, Director de la SIGEP (fs. 3005) - RAFAEL JOSE CULLEN, Director de Y.P.F.S.E. (Fs. 3073) - FEDERICO L. AMADEO, Vicepresidente de Y.P.F. (Fs. 3076) - JOSE COSENTINO, Director de Y.P.F.S.E. ( Fs. 3081) - HECTOR JUAN FIORIOLLI, Presidente de Y.P.F.S.E. (Fs. 3091) - OSCAR MUSSINI, Vicepresidente de Y.P.F.S.E. (Fs. 3115) -JULIO CASAS, Director de Y.P.F. (Fs. 3105) - RICARDO LEZCANO ZINNY, Presidente de Y.P.F. (Fs. 3117) - LUIS A. GONZALEZ, Director de Y.P.F. (Fs. 3121) - RODOLFO H QUESADA, Director de Y.P.F.S.E. (Fs 3147)
- OSCAR F. ABRIATA, Director de Y.P.F.S.E. (Fs. 3179) - JUAN LUSI VENDREL, Director de Y.P.F.S.E. (Fs. 3162) - HORACIO VIDU, Director de Y.P.F.S.E. (Fs. 3248) - ALBERTO A. CAAMAÑO, Contador Público Funcionario de Y.P.F.S.E. (Fs. 3356)
b) Informativas (art. 236 segunda parte del C.P.M.P.) -HÉCTOR LAPEYRADE, Presidente de Y.P.F.S.E. (Fs. 2577) -CARLOS GUILLERMO SUAREZ MASON, Presidente de Y.P.F.S.E. (Fs. 2582) -JUAN CARLOS REYES, Presidente de Y.P.F.S.E. (Fs. 2586 y 3171) -CARLOS DELFIN ROJO, Director de Y.P.F.S.E. (Fs. 2589) -GUILLERMO WALTER KLEIN, Secretario de Programación y Coordinación Económica (Fs. 2741, 5296/302) -DIEGO URRICARRIET, Ministro de Obras y Servicios Públicos (Fs. 2902) -SERGIO A. MARTINI, Ministro de Obras y Servicios Públicos (Fs. 2905) -DANIEL ALBERTO BRUNELLA, Secretario de Energía (Fs. 3156) -FRANCISCO PÍO NORBERTO SOLDATI, Director del B.C.R.A. (Fs. 4610/15) -ENRIQUE EUGENIO FOLCINI, Director del B.C.R.A. (Fs. 4618/78) - EVARISTO HERMES EVANGELISTA, Gerente de Exterior y Cambio del B.C.R.A. (Fs. 4729/30) -ANTONIO ELEODORO CONDE, Gerente de Exterior y Cambio del B.C.R.A. (Fs. 4747/54) -ANTONIO GUILLERMO ZOCALI, Gerente de Relaciones Internacionales del B.C.R.A. (Fs. 4775/78)
-ROBERTO ANCAROLA, Gerente de Relaciones Internacionales del B.C.R.A. (Fs. 4860/75) -JORGE EUGENIO MAGISTRELLI, Subgerente de Exterior y Cambio del B.C.R.A. (Fs. 4926/27) -PEDRO CAMILO LOPEZ, Gerente General del B.C.R.A. (Fs. 4928/29) -ADOLFO DIZ, Presidente del B.C.R.A. (Fs. 4951/5028 y 5071/79) -ARTURO CARLOS MEYER, Gerente de Investigaciones y Estadísticas Económicas del B.C.R.A. (Fs. 5056/58)
-JOSÉ LUIS MACHINEA, Gerente de Finanzas Públicas del B.C.R.A. (Fs. 5059/70) -JORGE ROBERTO HOLGUIN, Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía de la Nación (Fs. 5094/95)
c) Indagatoria (art. 236, 1 parte del C.P.M.P.) -JOSE ALFREDO ANTONIO MARTINEZ DE HOZ, Ministro de Economía de la Nación (Fs. 2684, 3673/85, 3795/96 y 5304/17).- De las declaraciones apuntadas, solo se glosarán y se efectuará una síntesis de aquellas consideradas por el Tribunal como de mayor importancia en relación a los hechos investigados; y para el resto de las declaraciones, en honor a la brevedad se remite a las fojas apuntadas para cada una.-
a) Alberto Andrés Caamaño. -ex-funcionario de Y.P.F.S.E-.
expreso que la actividad petrolera requiere aplicación intensiva de capitales y en condiciones de alto riesgo; que el principio es el de procurar la autofinanciación de las inversiones con ingresos propios; que Y.P.F. en 1961/62 se autofinanció con fondos propios, y que en la década del ´60 también el financiamiento es con fondos propios; que a partir de 1973 el precio del petróleo nacional no se adecuó a los precios internacionales y ello se reflejó en el costo de los equipos; que el porcentaje de financiación de la inversión con fondos propios en la década del ´70 bajó, ello se revirtió en 1977 pero volvió a bajar a partir de 1978, mostrando valores muy bajos en 1980 y negativos en 1981; que centralizada la cuestión en los ejercicios económicos de Y.P.F. 1976/1982 se observa el efectos que sobre la situación patrimonial causa la política tarifaria, provocando un incremento de endeudamiento de Y.P.F.; que se observaba: 1) insuficiencia de ingresos por ventas para cubrir los costos, 2) resultados operativos negativos que no permiten cubrir las inversiones y 3) un costo de financiamiento alto con operaciones de endeudamiento externo significativas; que la deuda externa de Y.P.F. de fines de 1976 era equivalente a 10 meses de venta, y a fines de 1981 equivalía a 21 meses de venta; que en el período 1976/1980, la deuda externa de Y.P.F. pasó de un total de U$S 372 millones a U$S 3930 millones, y en 1981 se elevó a U$S 4050 millones; que el comportamiento de la empresa a nivel resultado mostraba una insuficiencia de los ajustes tarifarios para cubrir los costos, exigía un aumento de las inversiones necesarias para mantener el nivel de producción e incrementar las reservas y la existencia de un desfasaje entre la tasa de cambio y los incrementos de precios internos; que en nuestro país, los precios de los crudos y retenciones son fijados oficialmente, y que cualquier retraso en relación a los costos repercute en la situación económica de Y.P.F.; que en 1977 se recompusieron los precios y hubo acuerdo de mantenerlos, pero que a partir de 1978 declinaron los mismos en relación a afrontar los costos; que las compañías petroleras tienen asignado un costo a traves del precio del crudo que le vende el estado -abonado a Y.P.F.- pero que sin embargo el costo para Y.P.F. es mayor; que para las empresas privadas el precio de venta menos los impuestos, menos el costo pagado, sufragaba sus costos y generaba utilidad; en relación a lo anterior, el declarante aportó gráficos para demostrar la brecha existente con relación a precios, retenciones y costo, que se puede asimilar como subsidio al consumo; aportando también cuadros y notas que intentan visualizar la situación de costos en relación a los porcentajes de retención autorizados, también acompaña estructura de costos en nuestro país y el resto de los países, la resolución 170/80 del Ministerio de Economía de la Nación del 22/2/80, que establece las normas para acceder as los préstamos externos. Expresó también que existe íntima relación entre el desfasaje en los precios respecto de los costos y el endeudamiento de Y.P.F.; que el aumento de endeudamiento externo de Y.P.F. era un promedio de U$S 80,7 millones por mes, que la única forma de satisfacer los requerimientos de Y.P.F. era mediante préstamos del exterior; que el Ministerio de Economía de la Nación aprobaba el presupuesto de recursos gastos e inversiones y la cuenta de fuentes y usos de YPF SE y el resto de las empresas públicas y entes estatales, para luego ser aprobada por la Comisión de Asesoramiento Legislativo y el Poder Ejecutivo Nacional, que sobre la base de esto, la Secretaría de Hacienda determinaba el cupo de deuda de cada uno de los entes y el BCRA establecía la moneda, las pautas y condiciones generales del endeudamiento interno de YPF; que el BCRA tomaba fondos para requerimiento del erario público, de los grandes bancos estatales para sus actividades específicas, y las empresas del Estado para financiar inversiones no cubiertas por fondos propios; que ningún banco podía financiar a YPF SE sin alterar el sistema; que no existía posibilidad de endeudarse por sobre los montos autorizados por el gobierno nacional y que debía necesariamente existir la previa autorización del BCRA con previa autorización presupuestaria; que como el nivel de precios de los combustibles no crecía se recurrió al endeudamiento externo para hacer frente a los costos; que hubo una declinación natural de los yacimientos y un aumento de costos de capitales y gastos corrientes; que en la práctica usual de la actividad petrolera son importantes: 1) explorar y producir con autofinanciación y 2) que el endeudamiento es a largo plazo y no es usual el financiamiento de corto y medio plazo, que el proceso de exploración y explotación dura aproximadamente seis años, luego mal podría pagarse esto en el corto y medio plazo, que a mediados de 1980, los estudios indicaban una sobre valuación del peso en el orden de 65%; que YPF SE disponía de costos de producción en base a lo que surgía de la contabilidad de las cuentas de ejecución presupuestaria, que un incremento en el nivel general de precios de los combustibles de alrededor del 10% implicaba un aumento del 1% en el nivel de precios mayoristas; que no era técnicamente adecuado asignar costos por productos, que lo que se obtenía era costos por linea y por ello era factible decir si las tarifas eran suficientes, que respecto de los precios FOB manifestó que a junio de 1981 el incremento necesario para poder cubrir los costos era del 105%, y ello implicaba alrededor de un 55% de retención, y un 26% de aumento en el precio de venta, y el efect que este aumento hubiera producido desde el punto de vista inflacionario era de alrededor del 2,5%. b)Mario Bustos Fernández Presidente de YPF SE en el período agosto de 1982 a diciembre de 1983, prestó declaración testimonial a fs 2216/17 y expresó: -que en relación a los criterios que se utilizaron para determinar la necesidad y oportunidad de endeudarse a través de créditos externos, durante su gestión no se contrataron nuevos créditos, que pudo haber renovaciones efectuadas directamente por le BCRA; -que durante su gestión la Sindicatura de Empresas Públicas -SIGEP - no formuló objeciones a la metodología seguida para el endeudamiento externo, que en este aspecto no se siguió la política que lo precedió antes de su desempeño; -que la SIGEP, estuvo de acuerdo con las críticas que el dicente formulara, respecto de las gestiones anteriores que condujeron al endeudamiento de la empresa; -que en relación a la política tarifaria aplicada, el déficit y el endeudamiento en YPF SE antes de, y durante su gestión, dijo que hasta el año 1978, la tarifa vigente, cubría como mínimo el costo de YPF, y tal como lo requiere la ley de hidrocarburos; -que a partir de ese momento y para mantener los precios de venta al público de los productos, a un ritmo menor a la inflación, se comenzaron a establecer precios menores al costo de producción de Y.P.F. S.E.; -que de esa manera se llegó en algunos momentos, a que el precio sólo representara el cincuenta por ciento de sus costos;
-que durante su gestión la empresa informó sobre sus costos a la Secretaría de Estado de Energía, quién estaba cargo del Dr. Alberto Guadagni, que fue ajustando los precios de manera tal que en forma paulatina, se llegó a que solamente estuvieran un diez por ciento debajo de los costos; -que si las tarifas se hubieran elevado permanentemente a partir de 1978, de acuerdo con lo dispuesto con la ley de hidrocarburos, al mismo ritmo que subieron los precios mayoristas no agropecuarios, Y.P.F. S.E. no hubiera necesitado crédito alguno para financiar su déficit, y por lo contrario a fines de 1983 se hubiera alcanzado un superávit de importancia; -que de haberse aplicado la ley de hidrocarburos no se hubiera producido déficit y el endeudamiento externo consiguiente de Y.P.F. S.E., y asimismo dejó constancias que los costos operativos de Y.P.F. a esa época eran menores que en el plano internacional, y que estaban alrededor de cien dólares estadounidenses el metro cúbico de pétroleo contra un valor internacional de ciento ochenta dólares por metro cúbico.
c) Carlos María Benaglia Vicepresidente de Y.P.F. S.E. desde julio de 1977 hasta el 10 de diciembre de 1979 cuando ocupó el cargo de Presidente de la empresa referida hasta abril de 1981, quién declaró testimonialmente a fs.2256/61; y sobre el tema específico del endeudamiento externo de Y.P.F. S.E. dijo: -que al endeudarse en moneda extranjera Y.P.F, el B.C.R.A. a cambio de esta última le daba los pesos correspondientes y además decía si había que tomar préstamos en el exterior; -que entiende que el Ministerio de Economía de la Nación no podía alegar ignorancia de que Y.P.F. S.E. necesitaba financiación; -que nunca recibieron moneda extranjera, que se endeudaban en dólares u otras divisas pero que ellos no la recibían, que del B.C.RA. Sólo recibían moneda argentina. d) Antonio Eleodoro Conde
Gerente de Exterior y Cambio del B.C.R.A., presta declaración informativa a fs.4747/54, en relación a la cuestión del endeudamiento externo de Y.P.F. S.E. y de las empresas del estado, aportando el expediente 5539 (ver fs.4748/53) del B.C.R.A. vinculado a la toma por parte de Y.P.F.de préstamos externos en forma anticipada en relación a sus necesidades, quién dijo: -que con respecto así en alguna oportunidad empresas del estado, requirieron préstamos anticipándose a sus necesidades, en el mercado externo, para solventar dificultades en el mercado de cambios y todo con referencia a la nota del ingeniero Benaglia del 20-2-81 y anexos del expediente citado precedentemente, que no recuerda operaciones de ese tipo y que a su nivel no se indujo a empresa estatal alguna a efectuar operaciones de esa clase; -que de los Directores del B.C.R.A. que se vinculaban con el Ministerio de Economía de la Nación y el tema de la D.E.A. puede mencionar a Soldati en lo referente a financiamiento externo y a Folccini en financiamiento interno; -que respecto a los motivos por los cuáles las empresas renovaban créditos en el exterior por capital e intereses, dijo que las empresas no pagaban intereses por carencias de disponibilidades y que la Tesorería de la Nación no aportaba fondos para ello; -que entiende que en los niveles gerenciales del B.C.R.A., llamó la atención el crecimiento de la D.E.A. y que algo se debe haber escrito; -que el asesoramiento de la línea gerencial sobre créditos entregados a empresas estatales no obligaba al Directorio del B.C.R.A si este tenía otra opinión, se hacía lo que el Directorio decidía; -que con respecto a préstamos tomados en una determinada plaza y posterior colocación de los mismos en dicha plaza, dijo que podía suceder que una empresa obtenía divisas por medio de un préstamo, y que mientras se operaba la conversión a moneda nacional se colocaban a corto plazo las divisas en la misma plaza, como para no perder el rendimiento de tales fondos; -que podía llegar a haber una pérdida, por la diferencia en el “spread” pero que no era resorte del declarante determinar la realización de dichas operaciones, que todo obedecía a políticas fijadas por el Ministerio de Economía de la Nación;
e) José Luis Machinea
Gerente de Finanzas Públicas del B.C.R.A. en el período bajo exámen, prestó declaración informativa a fs.5559/70, en relación al trámite global de la D.E.A., quién expresó: -que de la cuestión directa de La D.E.A., se ocupaba de las negociaciones el Dr. Soldati, pero en la definición del endeudamiento externo también trabajaba el Dr. Folcini; -que la relación de Gerencia de Finanzas Públicas con el tema del endeudamiento externo era relativamente menor; -que la tarea principal de la Gerencia de Finanzas Públicas en dicha época y actualmente (29-6-88), es aconsejar sobre las fuentes de financiamiento interno del gobierno nacional, sin embargo existía una comisión creada en 1980 por la Presidencia del Directorio del B.C.R.A, cuya tarea era ordenar las necesidades financieras de las empresas públicas en el mercado interno y externo; -que la distribución oficial del endeudamiento de las empresas públicas era determinada por el Ministerio de Economía de la Nación y la Secretaría de Hacienda enviándosela luego al B.C.R.A.; -que esta distribución era tentativa y la Comisión opinaba sobre el efecto que en el mercado interno o externo podía tener el endeudamiento global de las empresas lo cuál era manejado por el B.C.R.A; -que enfatiza que la tarea principal de la Gerencia de Finanzas Públicas era encontrar los mecanismos idóneos para que el endeudamiento de las empresas públicas no generara problemas en el mercado financiero doméstico; -que las empresas públicas requerían de la autorización del B.C.R.A. para endeudarse en el mercado interno o externo; -que en el mercado interno las operaciones se hacían a través de licitaciones públicas; -que en el mercado externo la operativa era manejada por la Gerencia de Exterior y Cambio;
-que sobre el tema específico del endeudamiento externo de Y.P.F. S.E., en forma anticipada a sus necesidades, a instancia del B.C.R.A., recuerda una operación importante de Y.P.F. a comienzos de 1981, que no fue sometida a dictamen de la Comisión respectiva, ignorando donde fue tomada la decisión para esa operación, pero que no partió de dicha Comisión; -que en relación a la atención que le pudo haber llamado, que alguna empresa pública renovare créditos por capital más intereses dijo que la renovación del endeudamiento externo de las empresas públicas era y es competencia de la Gerencia Exterior del B.C.R.A., pero era claro que en dicho período el aumento del endeudamiento externo iba más allá de la renovación del capital e interés de las empresas públicas, suponiendo que tenía que ver con la necesidades financieras de las mismas y los objetivos de política económica de ese momento; -que lo que si se observó y se alertó en mayo de 1981 era que el endeudamiento era de largo plazo; -que desconoce cuál era el destino que el B.C.R.A. le daba a las divisas, que eventualmente ingresaban al B.C.R.A. con motivo de la operatoria de endeudamiento externa, siendo la tarea de colocación de divisas atribución de la Gerencia de Exterior y Cambios.
f) Evaristo Hermes Evangelista Gerente de Exterior y Cambios del B.C.R.A. a partir de 1976 y subgerente de Exterior a partir de 1980, presta declaración informativa a fs.4729/30, expresando: -que la Subgerencia General de Exterior supervisaba lo relativo a exportaciones e importaciones, el mercado de cambios, los convenios con otros bancos o países y las solicitudes que formulaban las empresas públicas y privadas para la realización de pagos al exterior; -que el sector a su cargo dependía de la Gerencia General y de la Presidencia del Banco; -que las empresas públicas que querían recurrir al financiamiento externo tenían que hacer primero dos presentaciones una al B.C.R.A y otra al Ministerio de Economía;
-que la decisión de que si la empresa pública iría a endeudarse en el exterior o en el mercado interno era tomada en forma conjunta por el Directorio del Banco y por el Ministerio de Economía; -que en el Banco existía una Comisión a tal efectos y que dicho tema estaba específicamente a cargo del Dr. Soldati; -que no recordaba operaciones en que los Directores del B.C.R.A. requirieran a las empresas públicas y específicamente a Y.P.F. a efectos de que solicitaran créditos externos anticipándose a sus necesidades; -que con respecto a la renovación de créditos externos por parte de las empresas públicas por capital e intereses, dijo que a su entender las renovaciones se hacían por dos motivos, o por falta de dinero por parte de las empresas de abonar el préstamo recibido o por escases de divisas del B.C.R.A o ambas causas a la vez lo que permitía de común acuerdo al renovación; -que en relación al requerimiento de préstamos por parte de las empresas públicas a un Banco del exterior y simultaneamente efectuar depósitos en el mismo Banco, dijo que no tenía conocimiento que estas operaciones se hayan realizado en forma global por el importe recibido, si que el Banco Prestamista podía haber recibido depósitos dentro de las colocaciones normales que realizaba el B.C.R.A. a la mejor tasa del mercado; -que estima que hubo una Comisión que se ocupaba de la gestión del endeudamiento externo, y que por ejemplo fijaba las prioridades de financiamiento externo o interno y que no recordaba a sus integrantes; -que en relación a la aprobación de autorizar a requerir préstamos por parte del B.C.R.A. y del Ministerio de Economía, dijo que en todos los casos ningún funcionario del Ministerio de Economía podía resolver la aprobación individual de un préstamo, sino que lo podían hacer siguiendo directivas expresas del Directorio del B.C.R.A. y de las autoridades superiores del Ministerio de Economía, pues ellos eran quiénes fijaban la política.
g) Arturo Carlos Meyer A fs. 5056/58 presta declaración informativa Arturo Carlos Meyer quien desde 1975 se desempeñaba como gerente de investigaciones económicas del BCRA, cuyos conceptos mas salientes fueron;
-que donde él se desempeñaba, era en el sector correspondiente a estadística económica, y que el nombre de investigación con el que se la conocía podía llamar un poco a engaño, y que él no era responsable de la totalidad de la estadística; -que la estadística de la DEA, del sector externo, no era propiamente realizada por su gerencia, sino en la gerencia de exterior y cambio; -que era responsable de la elaboración del balance de pago, en el cual se utilizan datos en forma parcial de la DEA; -que en esa labor tuvo desempeño hasta diciembre de 1978; y que la sub gerencia general de exterior y cambio se encontraba a cargo de Camilo López, el gerente de exterior era el Sr. Evangelista que se desempeñaba en el departamento en donde se elaboraba la estadística de la DEA, cuyo jefe era el Sr. Conde, y que tales funcionarios eran los que tenían a su cargo la confección de la estadística de la DEA; -que desde marzo de 1976, el director del BCRA que intervino en todo lo que fuera el sector externo era el Dr. Soldati, atento a la división de tareas dispuesta por el presidente Adolfo Diz; -que desde el punto de vista del crédito interno requerido por las empresas públicas, la gestión en el directorio estaba a cargo del Dr. Folcini; -que las empresas públicas que no cumplieran las pautas de información no podían acceder al crédito bancario; -que imagina que una comisión del directorio precedida por el Dr. Soldati tenía a su cargo los temas relativos al endeudamiento externo, -que la gerencia a su cargo no se enteró que las empresas públicas que renovaban los créditos externos lo hacían por capital e intereses, y que no estaba al tanto de colocaciones de divisas en corresponsales del exterior por parte del BCRA, -que sabe que el Dr. Diz intentó dotar de mayor trasparencia al sistema pero primó el criterio de “anotar las colocaciones en una libreta negra”;
-que en ese momento existía un contacto con la banca Schroeder, que asesoraba a los bancos centrales de distintos países sobre donde colocar sus divisas con un punto mas de rendimiento, pero no se la adoptó por ser cara; -que las proyecciones del balance de pago que se elaboraban era de corto plazo -un año- no se proyectaba en el mediano plazo, -que en marzo de 1976 el endeudamiento interno estaba en el orden de poco menos de U$S 10 mil millones, -que no estaba muy claro si el problema era el elevado nivel de endeudamiento externo o el elevado nivel de concentración de servicios, |